Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre la financiación que puede ofrecer la Sociedad Regional de Promoción y su operativa.

Cuestiones generales

El instrumento financiero más utilizado por la SRP es el préstamo participativo, dirigido a emprendedores y pymes asturianos (o que deseen establecerse en Asturias) con proyectos empresariales viables e innovadores.

La SRP también puede financiar el desarrollo de proyectos de inversión ejecutados por empresas asturianas a través de la participación minoritaria y temporal en su capital social.

La SRP no concede ayudas ni subvenciones. La SRP únicamente ofrece financiación en forma de préstamo participativo o participación en el capital social.

El ámbito geográfico de actuación de la SRP es la comunidad autónoma del Principado de Asturias. La SRP puede financiar proyectos desarrollados en Asturias por empresas cuyo domicilio social esté en esta comunidad autónoma.

La SRP trabaja conforme a las siguientes líneas prioritarias de inversión:

  • Proyectos de especial interés para la región que contengan algún elemento diferenciador de los que ya existen y están implantados en el ámbito de la comunidad autónoma del Principado de Asturias, bien por sector, ubicación, empleo, volumen de inversión, producto, servicio, proceso, etc.
  • Proyectos innovadores no tecnológicos, es decir aquellos que presenten un importante componente innovador con respecto al tejido empresarial actual de la región.
  • Proyectos llevados a cabo por empresas innovadoras de base tecnológica, es decir, aquellas que pongan en marcha proyectos empresariales fruto de proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico
  • Proyectos de internacionalización de la actividad de la empresa.
  • Que la empresa desarrolle su proyecto empresarial en el Principado de Asturias o tenga previsto instalarse en Asturias.
  • Las empresas podrán pertenecer a cualquier sector de actividad, excepto el inmobiliario y financiero.
  • Será necesario que prevean la cofinanciación de las necesidades financieras asociadas al proyecto empresarial.
  • Modelo de negocio innovador/novedoso o con claras ventajas competitivas
  • Estructura financiera equilibrada.
  • Compromiso personal y financiero del equipo promotor.
  • Profesionalidad en la gestión.
  • Viabilidad económica y técnica del proyecto empresarial.

No. La SRP busca la implicación y el compromiso económico del empresario, por lo que nunca aportará la totalidad del capital necesario para el desarrollo de su proyecto empresarial. En general, el porcentaje medio de participación en el capital social por parte de la SRP está entre el 10 y el 20%. En el caso de los préstamos, el importe máximo que concede la SRP puede alcanzar hasta el 70% de la inversión.

No, la SRP solamente financia sociedades mercantiles bajo la forma jurídica de sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada, y sus variantes.

Sí. Los préstamos de la SRP son compatibles con cualquier tipo de subvención y con cualquier otra fuente de financiación pública y privada.

No es un requisito indispensable para solicitar financiación de la SRP tener las cuentas auditadas. Sin embargo, una vez formalizada la operación, la empresa tendrá la obligación de remitir a la SRP una auditoría independiente dentro de los cuatro primeros meses de cada ejercicio.

Sí, la empresa puede solicitar nueva financiación para la consolidación y expansión de su proyecto empresarial.

Préstamos participativos

Es un instrumento de financiación a medio camino entre el préstamo tradicional y el capital riesgo, que refuerza la estructura financiera de las empresas.

La normativa básica es el Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de julio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica, y tiene como características principales las siguientes:

  • La entidad prestamista percibirá un interés variable que se determinará en función de la evolución económico-financiera de la empresa prestataria. El criterio para determinar dicha evolución podrá ser: el beneficio neto, el volumen de negocio, el patrimonio total o cualquier otro que libremente acuerden las partes contratantes.
  • Además, podrán acordar un interés fijo con independencia de dicha evolución.
  • Se sitúan después de los acreedores comunes en orden a la prelación de los créditos, justo antes de los accionistas.
  • Los préstamos participativos se consideran patrimonio neto a los efectos de reducción de capital y liquidación de sociedades previstas en la legislación mercantil.
  • Las partes contratantes podrán acordar una cláusula penalizadora para el caso de amortización anticipada[1]. En todo caso, el prestatario solo podrá amortizar anticipadamente el préstamo participativo si dicha amortización se compensa con una ampliación de igual cuantía de sus fondos propios y siempre que este no provenga de la actualización de activos.

[1] La SRP no contempla ninguna penalización por amortización anticipada.

  • En el caso del préstamo participativo, los plazos de amortización y carencia son más amplios.
  • En el caso del préstamo participativo, la remuneración de la SRP vía interés variable está vinculada a la evolución económico-financiera de la empresa.
  • El préstamo participativo se considerará patrimonio neto a los efectos de reducción de capital y liquidación de sociedades previstos en la legislación mercantil.
  • Refuerza la credibilidad de la empresa ante las entidades financieras y otros socios potenciales, en caso de necesitar financiación adicional.
  • El personal de la SRP ofrece a las empresas financiadas asesoramiento empresarial en general, dada su amplia experiencia en este asunto.

El seguimiento trimestral de la situación económico–financiera de la empresa facilita la identificación de desviaciones del plan de negocio y contribuye a la profesionalización de la gestión interna, especialmente en el caso de empresas de nueva creación.

Los préstamos participativos que se enmarcan en el Fondo Crecimiento Emprendedores Innovadores, destinado a microempresas y pequeñas empresas en proceso de crecimiento, o bien de carácter innovador y tecnológico, o bien con un producto propio y diferencial, se sitúan entre un mínimo de 50.000 € y un máximo de 200.000 €. En el resto de los casos la financiación se ajustará a las necesidades de los proyectos, no superando con carácter general un importe máximo de 1.000.000 €.

El tipo de interés se aplicará en dos tramos:

  • Un primer tramo que se devengará a un tipo fijo determinado por el euribor a un año más un diferencial. Su liquidación será trimestral.
  • Un segundo tramo de tipo variable, en función de la marcha de la sociedad. Su liquidación será anual, tras la aprobación de cuentas por la Junta General Ordinaria de socios de la empresa.

En ningún caso, el tipo de interés aplicable resultante de sumar los tipos fijo y variable sobrepasará un máximo establecido.

No. Solamente se aplicará el interés variable cuando la cifra de su patrimonio neto sea superior a la cifra de su capital social.

Puede también darse el caso de que la empresa tenga beneficios, pero al calcular el interés variable, el porcentaje resultante sea inferior al tipo de interés fijo. En este caso la empresa no tendría que pagar más intereses en concepto de interés variable.

En cualquier caso, nunca se pagarán más intereses que el beneficio obtenido.

Existe la posibilidad de establecer periodos de carencia de amortización del principal de uno a dos años.

Sí, el prestatario podrá amortizar anticipadamente el préstamo, sin ningún tipo de penalización, si dicha amortización se compensa con una ampliación de igual cuantía de sus fondos propios bien por aportaciones de los socios o por beneficios de la sociedad no distribuidos.

Participación en el capital social

La SRP toma una participación en el capital social de la empresa como socio minoritario[1] y temporal[2], normalmente por medio de una ampliación de capital. El accionista o accionistas preservan la mayoría y por tanto el control de la empresa.

La SRP no tiene vocación de convertirse en un socio permanente: una vez que el proyecto está consolidado, la SRP sale del accionariado con unas condiciones pactadas de antemano en una promesa de compraventa, en la que quedan establecidas la fecha de salida, la fórmula de fijación del precio de salida y la forma de cobro. De este modo los socios saben desde el principio cómo y cuándo la SRP dejará de ser socio de su empresa.

[1] Como comentábamos anteriormente, el porcentaje medio de participación en el capital social por parte de la SRP está entre el 10 y el 20%.

[2] En general, entre 5 y 7 años.

La SRP nombrará representantes en el consejo de administración de la empresa, aunque no interfiere en la gestión diaria de la sociedad. También deberán modificarse los estatutos de la sociedad -durante el tiempo que convivan los promotores y la SRP- en aspectos relativos a normas de funcionamiento (calidad de la información interna a través de auditorías contables anuales; periodicidad en la celebración de consejos; establecer qué decisiones precisarán de mayorías reforzadas, etcétera).

Cuestiones comunes a préstamos y participación en capital social

Por lo general, el empresario y la empresa no tienen que aportar garantías en el caso del Fondo de Financiación Semilla (préstamos participativos de un máximo de 200.000 € destinados a la financiación de microempresas y pequeñas empresas innovadoras y tecnológicas de elevado potencial de crecimiento).

En el resto de la financiación proporcionada por la SRP, el Consejo de Administración determinará las garantías que considere oportunas en cada caso. Lo más habitual es la firma personal de los promotores y/o la firma de las sociedades matrices.

La SRP no cobra ningún tipo de comisión.

Las operaciones tienen un plazo de vencimiento máximo de entre 5 y 7 años, en función de las características del proyecto empresarial y sus previsiones económico-financieras.

La empresa debe enviar a la SRP trimestralmente la siguiente documentación: balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias y balance de sumas y saldos, previsión de tesorería, relación de operaciones vinculadas, así como relación del personal de la empresa, estado de subvenciones (si las hubiera) y grado de cumplimiento del plan de negocio, con indicación expresa de las posibles desviaciones del mismo si las hubiere.

Además, la empresa debe presentar copia del libro de actas o certificados de los acuerdos adoptados en las reuniones de la junta general de accionistas y, caso de haberlo, del consejo de administración.

Finalmente, como se ha mencionado anteriormente, hay que aportar a la SRP las cuentas anuales auditadas dentro de los primeros cuatro meses de cada ejercicio.

  • Si el proyecto presentado a la SRP encaja en la estrategia inversora de la sociedad, pasa a una fase de estudio para la que es necesario que los inversores presenten su plan de negocio a cinco años (la SRP dispone de un modelo de plan de negocio a disposición de los promotores).Este plan debe incluir, entre otros aspectos:
    • Historial de la empresa.
    • Descripción del producto/servicio y del mercado al que va dirigido.
    • Recursos técnicos y humanos.
    • Estados financieros históricos, actuales y provisionales.
    • Planes de inversiones, de financiación y de comercialización previstos.
    • Experiencia y capacidad de gestión del equipo directivo.

    La SRP designará un analista de inversiones que iniciará el proceso de análisis de la empresa junto al empresario y/o los gestores. En esta fase, la sociedad podrá solicitar todos aquellos documentos legales que precise para el estudio.

    Posteriormente, el analista de inversiones elaborará una propuesta para presentar al Consejo de Administración de la SRP que es quien aprueba o deniega la concesión del préstamo o la participación de la SRP en el capital social de la empresa. Si el Consejo de Administración aprueba la propuesta, se procede a su formalización ante notario.

No existen fechas determinadas: las empresas y los emprendedores pueden acercarse en cualquier momento del año a la SRP para plantear un proyecto de inversión y sus necesidades de financiación.

(1) La SRP no contempla ninguna penalización por amortización anticipada
(2) Como comentábamos anteriormente, el porcentaje medio de participación en el capital social por parte de la SRP está entre el 10 y el 20%.
(3) En general, entre 5 y 7 años.